CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA POR TEMPORADA
En Madrid, a 1 de septiembre de 2025
REUNIDOS
De una parte, JOAQUÍN MARÍA LÓPEZ 74 CB, con CIF E85203669, en adelante «la parte arrendadora».
De otra, DOÑA LUCÍA HERRANZ GIL, con NIE X7700021N, en adelante «la parte arrendataria».
EXPONEN
I. Que la arrendadora es propietaria de la vivienda sita en la calle Joaquín María López 74, piso 1º, letra J, de Madrid.
II. Que las partes convienen el presente arrendamiento por temporada, dada la estancia académica de la arrendataria.
CLÁUSULAS
SEGUNDA — DURACIÓN. El contrato se extiende del 1 de septiembre de 2025 al 30 de junio de 2026, sin tácita reconducción.
TERCERA — RENTA. La renta se fija en MIL CUATROCIENTOS EUROS (1.400 €) mensuales, pagaderos dentro de los siete primeros días de cada mes.
CUARTA — FIANZA. La arrendataria entrega en este acto UNA (1) mensualidad de fianza, esto es, 1.400 €, conforme al artículo 36 de la LAU.
QUINTA — ACTUALIZACIÓN. La renta se actualizará anualmente conforme al índice legal aplicable.
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